El municipio envió al Concejo los pliegos para el nuevo llamado a licitación para concesionar el predio ubicado en la cabecera este del Puente Colgante, conocido como Piedras Blancas. El objetivo es la construcción y explotación del edificio destinado a albergar la función de restaurante y otros servicios turísticos. El nuevo proyecto, además de procurar la modernización y puesta en valor de las instalaciones existentes en el predio conocido hasta la fecha como Piedras Blancas, establece los diferentes usos y asignaciones con una visión productiva, a través del desarrollo de potencialidades en todas las actividades afines: náutica, pesca, turismo, deporte y esparcimiento. Las tareas a ejecutar serán las necesarias para la construcción del nuevo edificio sobre la estructura de hormigón existente, que se encuentra inconclusa. El edificio quedará compuesto por dos volúmenes: uno de comedor, que se construirá sobre la estructura de hormigón existente. Contará con 270 m2 de superficie cubierta y 87 m2 de superficie semicubierta sobre la Laguna Setúbal; y el otro es de apoyo que contará con 98 m2 de superficie cubierta que se construirá sobre la losa de piso existente donde se ejecutará núcleo sanitario, cocina, barra y se agregarán 21 m2 de superficie para el área de depósito, vestuario/sanitario para personal y parrilla.
Los sectores a intervenir
El área a concesionar se divide en tres sectores: uno de piscinas; otro de restaurante; y el tercero, de bar de playa. Esta sectorización responde a los diferentes usos, formas de apropiación del espacio y a fin de establecer las pautas de crecimiento e intervenciones en el complejo.
En el mensaje elevado al Concejo se detalla que “toda intervención deberá favorecer la permeabilidad visual desde el paseo costero hacia la laguna; prevalecer los espacios verdes según plan de forestación establecido oportunamente; privilegiar los espacios de uso público quedando sólo restringido el sector de piscinas”, entre otros puntos. Condiciones y plazos
También se remarca que “la realización de cualquier obra en el predio objeto de concesión que no cuente con la correspondiente autorización del Ejecutivo Municipal será considerada una falta grave y dará derecho a la Municipalidad a rescindir el contrato”.
El plazo de concesión en ningún caso podrá exceder los 20 años, ni podrá ser prorrogado. Además se estipula que la puntuación que se otorgará a los interesados, será inversamente proporcional al plazo ofrecido: a menor plazo de concesión, mayor puntaje, se establece en el mensaje.
El complejo será utilizado por el concesionario para la realización de actividades gastronómicas, deportivas y/o culturales de interés para la ciudadanía en general y afines al funcionamiento del balneario en el que se emplaza, respetando especialmente los lineamientos de la ordenanzas vigentes y sus anexos. “El destino no podrá ser variado sin previa autorización expresa de la Municipalidad de Santa Fe. Es decir, para la realización, organización y/o programación de cualquier otro tipo de evento, el concesionario deberá contar con la aprobación y/o autorización pertinente de los organismos correspondientes, los cuales indefectiblemente deberán estar notificados de la realización de los mismos con la debida antelación”. Y expresamente se prohíbe el uso del predio como confitería bailable.