Nos dirigimos a Ud. para compartir dos novedades importantes para mejorar su futura jubilación y tener cada día más y mejores prestaciones de Salud Ingeniería.
1) Protección y fortalecimiento de aportes
El sistema previsional y el de Salud Ingeniería que administra la Caja se basan, fundamentalmente, en los aportes y contribuciones que la ley obliga a realizar con cada trabajo profesional. La real materialización de estos recursos depende en muchos casos de instancias de control que no siempre existen o son eficaces. Las cuotas mensuales son sólo el requisito mínimo para estar en el sistema.
Esto lleva a que en muchas de las tareas profesionales no se concreten los pagos correspondientes. En algunos ámbitos esta práctica está tan extendida que ha llevado a la errónea creencia de que no están alcanzadas por esta obligación.
Quienes se encuentran en esta situación resultan, sin saberlo, perjudicados. Su categoría jubilatoria se mantendrá en valores mínimos y además mensualmente deberán desembolsar las cuotas de salud. Lamentablemente esta situación en general se advierte recién al tramitar el retiro, cuando es tarde para corregirla.
Por el contrario, quienes realizan tareas en las cuales existe una instancia de control efectivo ven como su jubilación futura va creciendo, lo que les permite planificar un retiro tranquilo, y a la vez cubren las cuotas de salud total o parcialmente sin hacer desembolsos.
¿Cómo funcionará el sistema de protección y fortalecimiento de aportes?
Desde el 01/01/21 toda facturación de trabajos profesionales generará aportes y contribuciones, tal como establece la ley.
Por eso es importante tener en cuenta estos valores al presupuestar un trabajo o acordar con sus clientes.
En forma semestral, o anual, según su categoría ante la AFIP la Caja comparará los aportes y contribuciones ingresados al sistema con los datos de facturación declarados. En caso de que estos no guarden relación se le informará la inconsistencia, pudiendo Ud. presentar la documentación que acredite, por ejemplo, que los montos facturados no corresponden a tareas profesionales, que corresponden a tareas ingresadas en otro período o que se trata de tareas profesionales ejecutadas en otra provincia y realizaron aportes en la misma, etc.
Resueltas las diferencias y previa intervención de su Colegio Profesional, se emite la liquidación para que abone los montos correspondientes.
Las sumas ingresadas irán a incrementar su categoría jubilatoria y al sistema de Salud Ingeniería, en las proporciones establecidas.
Quienes habitualmente realizan tareas mediante expedientes visados en su Colegio Profesional no verán entonces diferencias significativas en su operatoria.
2) Restablecimiento de los porcentajes de ley a Salud Ingeniería
En los últimos años los aportes a Salud Ingeniería fueron inferiores a los establecidos por la ley, a partir de autorizaciones que la Asamblea concedió al Directorio. Estas decisiones estaban basadas en contextos que se remontan a más de dos décadas y preveían la posibilidad de revertirse.
En los últimos años diversos factores han ido incrementando paulatinamente los costos de los sistemas de salud en general. Nuevas prácticas médicas de mayor complejidad, incorporación de prestaciones que no estaban contempladas, una lógica expectativa cada vez mayor de las personas acerca de la salud, etc.
Por eso es necesario volver a los porcentajes de ley.
¿Cómo serán los aportes y contribuciones a Salud Ingeniería?
A partir del 01/04/21 se aplicarán los porcentajes previstos en el art. 5 de la ley 4889, es decir el 10%. Tenga en cuenta esto al presupuestar sus trabajos o acordar con los clientes.
La mitad de estos montos se aplicará directamente al pago de las cuotas mensuales, si Ud. está afiliado. En forma trimestral podrá solicitar el reintegro del excedente del período, si lo hubiera, o bien se trasladarán automáticamente a los períodos subsiguientes.
Si Ud. no está afiliado a Salud Ingeniería lo invitamos a hacerlo cuanto antes. Hasta tanto, también podrá trimestralmente pedir el reintegro de la mitad que se aplicaría al pago de cuotas, previa deducción de gastos administrativos. Los montos no solicitados oportunamente quedan en el fondo solidario del sistema.
¿Hay cambios en los aportes previsionales?
No, los aportes y contribuciones con destino al sistema jubilatorio se mantienen. Estos le permiten ir aumentando automáticamente su categoría jubilatoria.
Nunca hice aportes ni expedientes ¿cómo debo hacer?
Es buen momento para empezar, son directamente un beneficio para Ud. y además son deducibles de impuestos.
Consulte con su Colegio Profesional o con la Caja sobre los valores a tener en cuenta, la forma de encuadrar y liquidar cada tarea, etc.
Para más detalles acompañamos los enlaces a las resoluciones respectivas.
Resolución 3013 – 2020 – Protección y Fortalecimiento de Aportes
Resolución 2982 – 2020 – Regreso Aportes 4889 art 5