En Córdoba, plomeros, gasistas y otros oficios no pagarán Ingresos Brutos

Entraron en vigencia a partir del primero de enero pasado las modificaciones introducidas al Presupuesto 2017 desde el Ministerio de Finanzas, a cargo de Osvaldo Giordano, por el cual –entre otros cambios al gravamen- se suma a los “trabajadores autónomos con oficios” que quedarán exentos del pago de Ingresos Brutos.La exención se establece en el artículo 50 del Código Tributario sancionado por la Legislatura en diciembre pasado, y alcanza a los ingresos de pintores, jardineros, gasistas, electricistas, plomeros, servicios y/o cualquier actividad unipersonal (con idénticas características a las indicadas).El Art. 50 incluye en la exención a: “Los honorarios y/o retribuciones provenientes del ejercicio de la actividad profesional con título universitario o terciario, de maestros mayores de obra -ciclo superior- otorgados por establecimientos reconocidos que emitan títulos oficiales, de oficios… con las limitaciones, en este caso, que a tal efecto establezca el Poder Ejecutivo”.De esta manera, dichos oficios se asimilan a los profesionales con igual beneficio, con un límite en la facturación que no supere los $16 mil mensuales y siempre y cuando la actividad no estuviera ejercida en forma de empresas.La medida “intenta hacer justicia con aquellas personas que, a través de oficios indispensables, trabajan día y noche resolviendo problemas cotidianos que muchos ni nos imaginamos cuan complejos y sacrificados pueden llegar a ser”.También se restablece el monto de facturación a partir del cual se comienzan a aplicar los fondos específicos como complemento del impuesto a los ingresos brutos (de $14 a $20 millones).