Siempre que pensamos en construir, ya sea una casa unifamiliar o una vivienda colectiva, por lo general lo primero que se nos viene a la mente es la consulta y posterior contratación de un profesional de la construcción, llámese Técnico Constructor, Maestro Mayor de Obras, Arquitecto o Ingeniero Civil, y difícilmente llamamos a un profesional de la Agrimensura, esta situación se produce porque en un primer momento pensamos en el proyecto y no donde está emplazado. Esta realidad me ha llevado a pensar en donde estamos posicionados los Agrimensores, no solo en una transmisión de dominio, sino antes y durante la ejecución de una vivienda. En este sentido, los Agrimensores cumplimos un rol muy importante, ya que a través de la mensura, y de la verificación de la ubicación del lote donde vamos a edificar, estamos garantizando la seguridad jurídica y física del lugar donde se encuentra emplazada y a quien pertenece la parcela, con todo lo que esto implica, es decir, la determinación y materialización de los limites físicos y jurídicos, constituyendo de esta manera el deslinde del predio, y aquí es donde la competencia de los Agrimensores entra en juego, dado que la correcta determinación de los limites medianeros evita conflictos mayores entre vecinos, situación que se presenta a diario tratando de dirimir de quien es la pared o quien la construyó, por ello, el asesoramiento a conciencia, y la investigación de los antecedentes dominiales y gráficos nos lleva a un deslinde de la parcela de manera correcta y por sobre todas las cosas, de manera previa, ya que es la instancia donde debemos detectar posibles corrimientos o invasiones, y solucionarlos sin tener que mediar un juez.Anteriormente pensábamos donde estamos posicionados los Agrimensores ante la sociedad, sobre ello, podemos reflexionar que nuestra participación en la obra común es bastante tenue, no así en la obra de altura o en las obras civiles, donde la participación es activa por necesidad.Con estas consideraciones, vamos a traer a la discusión un tema muy particular como lo es el certificado catastral y la verificación del estado de hecho.Que significa esto?: Bueno, el certificado catastral constituye la verificación del estado parcelario en los términos que marca la ley, en cambio la verificación de estado de hecho es la medición y búsqueda de antecedentes de la parcela para su correcta determinación y ubicación, esta operación la lleva a cabo un Agrimensor, aquí radica la importancia del procedimiento, si tenemos una verificación correcta, estamos en presencia de una parcela perfectamente deslindada y con la certeza de estar dentro de los limites correspondientes.Así, para finalizar estas reflexiones, vamos a dejar para otro encuentro las ventajas que nos puede traer el certificado de verificación de límites y amojonamiento, instrumento que ya ha sido adoptado por varias localidades de la provincia, y que se debe constituir previo a los permisos de edificación, con la actuación de un Agrimensor.Por el Agr. Ricardo Pujato