En la sesión del se votó en forma unánime, luego de un amplio debate en el seno de las comisiones, el proyecto de ley de Participación Público Privada, que reunió los expedientes Nº 21.040 y Nº 21.798, y de inmediato fue girado al Senado para su revisión y sanción definitiva.
La normativa formaliza la relación del Estado en consonancia con la Ley Nacional Nº 27.328 y, a través de su adhesión, tiene un amplio abanico de acciones que van desde la infraestructura, la vivienda, servicios, inversión productiva, investigación e innovación tecnológica, construcción, mantenimiento, suministro de equipamientos y bienes, todo a través de contratos flexibles ante las necesidades de cada proyecto. Entre los ítems destacados por su autor se establece que la obra pública “no deba ser pagada de entrada por el sector público, sino que la pague el sector privado.
La norma, que pasó al Senado provincial en revisión, establece características novedosas en la relación del sector público con el sector privado. Por ejemplo, en la duración de los contratos hasta 30 años, el rol del capital privado para financiar proyectos y la flexibilidad de la normativa en función de los objetivos buscados.